La factura electrónica es uno de los cambios tecnológicos más importantes de nuestro país, y también es la piedra angular del control fiscal, administrativo y tributario simplificado de México. Aquí te contamos acerca de la Facturación electrónica y las nuevas leyes emitidas por de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2021.
Facturación electrónica
Su principal objetivo es reducir la evasión fiscal mediante el establecimiento de medidas de control efectivas e inmediatas en el negocio de los contribuyentes, y detectar oportunamente los comprobantes fiscales falsificados, a fin de tratar de verificar la simetría entre operaciones por un contribuyente y otro al mismo tiempo.
Debido a los continuos cambios en los últimos años en los asuntos financieros y administrativos llevados a cabo en nuestro país, las autoridades tributarias se ven obligadas a tomar acciones que ayuden a fortalecer y controlar el negocio que realizan los contribuyentes.
Como resultado, se han emitido varias enmiendas al recibo fiscal digital de Internet (CFDI).
En el mismo sentido, las autoridades han promulgado nuevas cláusulas incluidas en la Norma 2.7.1.9 de la Resolución Tributaria Miscelánea (RMF) 2021, que estipula la obligación de agregar una nueva cláusula complementaria denominada “Carta Porte”. Su cuarto párrafo estipula lo siguiente:
“Los contribuyentes dedicados al servicio de transporte terrestre de carga que circulen por carreteras federales o por vía férrea, marítimo, aéreo o fluvial, deberán expedir un CFDI de tipo ingresos que deberá contener los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF, el cual ampare la prestación de este tipo de servicio y al que deberán incorporar el complemento "Carta Porte", que para tales efectos se publique en el Portal del SAT, mismo que únicamente servirá para acreditar el transporte de mercancías”.
Esta nueva obligación recae principalmente sobre los contribuyentes que transportan bienes o mercancías dentro de sus propias fronteras, por lo que son los responsables de adaptarse a los cambios indicados en el CFDI.
De acuerdo con el artículo 11 de la Primera Enmienda a la Resolución de Tributación Miscelánea aplicable al año fiscal 2021, esta nueva obligación entrará en vigencia el 1 de junio de 2021.
Asumir que los contribuyentes que emitan la anterior "Carta Porte" complementaria tienen un período de gracia de 120 días calendario a partir del 2 de junio de 2021, durante el cual pueden optar por emitir, y emitir después de este período será obligatorio.
¿Qué es Carta Porte?
Se trata de un nuevo suplemento "Carta Porte", que se incluye en el CFDI tipo traslado para acreditar la posesión de bienes y brindar información sobre el origen y destino de los bienes movidos por diferentes medios de transporte.
¿Cuál es el objetivo principal del CFDI con complemento “Carta Porte”?
Su objetivo principal es vincular bienes o mercancías, origen, puntos intermedios y destinos, y su modo de transporte (terrestre, aéreo, marítimo o fluvial).
Cabe mencionar que este suplemento es uno de los más complicados, ya que cuenta con 215 campos que deben completarse de acuerdo con las especificaciones de las instrucciones de llenado del CFDI, incluido el suplemento del conocimiento de embarque, por lo que es importante revisar cada campo. Estos campos son para la previsión, su influencia. Cabe señalar que estos 215 campos no son aplicables a todos los suplementos, porque cada tipo de movimiento de mercancías tiene una verificación específica.
Se espera que el servicio de administración tributaria recaude 150.000 millones de pesos a través de esta nueva regulación.
En entrevista, la titular del SAT, Raquel Buenrostro, aclaró que durante el 2021 se espera recaudar entre 10.000 y 20.000 millones de pesos, porque este será solo el último trimestre del año. También comentó: “La modernización de Carta Porte ayudará a que las facturas electrónicas de los contribuyentes (personas naturales o jurídicas) comprometidas con la transferencia de bienes y mercancías sean más detalladas y permitan la trazabilidad de las rutas. Combatir el contrabando”. En este sentido, el titular de la Administración Estatal de Tributación comentó que cerca del 60% de las mercancías que se transportan en todo el país a través de los servicios de transporte son ilegales.
Como ocurre con cualquier modificación de nuestro sistema de facturación electrónica, este cambio no solo aplica a los contribuyentes que realicen actividades específicas, sino que en este caso afectará también a los usuarios de los servicios de transporte por los efectos colaterales.
¿Qué deben tener en cuenta los usuarios al transportar mercancías o productos básicos dentro del territorio nacional?
Deben comprender la nueva normativa en materia tributaria en la cláusula complementaria "Carta Porte", pues como cualquier otra deducción, deben estar incluidas en el CFDI bajo el Artículo 27, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta para que puedan ser deducidas de No contar con la "Carta Porte" las autoridades pueden considerarlo como gastos no deducibles.
Asimismo, en lo que respecta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), según el artículo 5, al no existir ingresos fiscales deducibles, el impuesto sobre el valor añadido no será deducible.
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